viernes, 10 de septiembre de 2010

LAS PRIMERAS PRUEBAS

El día 8 de este mes se presentaron las primeras pruebas para el proceso que se está evacuando en el Instituto Nacional de Promoción de la Competencia en contra de los bancos privados de Nicaragua, por prácticas colusorias anticompetitivas que afectan la estabilidad del mercado, la libre competencia y el bienestar de los consumidores.

El proceso inició el 17 de junio, cuando la RNDC presentó la denuncia en base a lo que establece la Ley de Promoción de la Competencia (Ley 601), estando ya en el período probatorio, se presentaron esta semana las siguientes pruebas: El comunicado de la Asociación de bancos Privados de Nicaragua publicado en medios escritos de circulación nacional en el que declaran: ''... los bancos afiliados a ASOBANP hacemos del conocimiento de nuestros clientes y público en general, que hemos acordado... ... disminución de 10 puntos porcentuales...'' Queda claro que existe un acuerdo entre estos agentes económicos para no competir y que fijan en conjunto la tasa de inerés para el mercado de tarjetas de crédito, esto es prohibido por la Ley 601, que en su artículo 17 dice: ''Prohibición General. Se prohíben los actos o conductas, acuerdos, pactos,
convenios, contratos entre agentes económicos competidores y no competidores, sean estos
expresos o tácitos, escritos o verbales, cuyo objeto sea limitar o restringir la competencia...''

También se establece en el aertículo 18 de la misma ley: '' Prácticas entre Agentes Económicos Competidores. Particularmente quedan prohibidos los siguientes convenios y acuerdos entre agentes económicos, sean éstos expresos o tácitos, escritos o verbales que:

a. Establezcan acuerdos para fijar, elevar, concertar o manipular el precio u otras
condiciones de venta o compra de bienes o servicios bajo cualquier forma;...''

Otro elemento probatorio que se presentó ante PROCOMPETENCIA fue un documento titulado 'Análisis de la estructura de gastos de los bancos del sistema financiero nacional', el cual fue redactado por el Doctor Nestor Avendaño, quien es voz autorizada en temas económicos, y este documento con rasgos de prueba pericial demuentra qe no existe ninguna razón económica para que los bancos tengan la misma tasa de interés para las tarjetas de créditos y que no compitan.

Los últimos pero no menos importantes documentos probatorios presentados fueron proveidos por ASOBANP, son la acta costitutiva y los estatutos de dicha asociación, en la que se establece que sus resoluciones y acuerdos son de obligatorio cumplimiento para los miembros (los bancos). De esta manera queda en evidencia que funcionan como cartel y que están coludidos para no competir, y fijan las mismas tasas en el mercado de tarjeta de crédito.
Los bancos tienen dos días para pronunciarse sobre la spruebas presentadas, o sea, el jueves 9 y viernes 10 de septiembre del corriente. La RNDC presentará más pruebas en los próximos dias, esperando que se cumpla con la ley, que se aplique con rigor y se sancione de forma suficiente para evitar los abusos a los consumidores.

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