lunes, 7 de septiembre de 2009

SOBRE LA CONCERTACIÓN TRIBUTARIA

La discusión sobre una inminente reforma, como ya sabemos, es que se reduciría el porcentaje a pagar en concepto de IR a las empresas (todas dentro del régimen general), se bajaría de treinta por ciento a un veinticinco por ciento. Es imprescindible que se de la praxis del discurso del gobierno, ya que funcionarios del mismo han dicho que los ricos tienen que pagar más y los que no son ricos tienen que pagar menos, lo que necesariamente nos hace preguntar, ¿qué pasa con las pequeñas y medianas empresas que no se encuentran dentro del régimen de cuota fija? Es simple, lamentablemente simple, van a pagar en concepto de impuesto sobre la renta porcentualmente hablando lo mismo que las grandes empresas.

Resulta necesario hacer una reforma que vaya más allá de reducir el cinco por ciento en el IR a las empresas, porque aunque se espera que esto sirva como incentivo y que lo reducido sea reinvertido, es posible que no suceda, más bien habrán mayores utilidades para el empresario grande, y como no todos pueden ser cuota fija, entonces debería hacerse una tabla progresiva para este impuesto, como establece la ley del impuesto sobre la renta de Costa Rica, que impone el treinta por ciento de impuesto sobre la renta a personas jurídicas y según los ingresos de las pequeñas empresas, estas pagan el diez por ciento en algunos casos y el veinte por ciento cuando tienen mayores ingresos sin ser todavía considerados grandes, de modo tal que sería muy conveniente combinar el sistema de nuestro país con esta parte de la ley de impuesto sobre la renta tica, porque los pequeños tendrían más ‘aire’ en medio de esta crisis y además que no se puede reducir el impuesto a los grandes si no se tiene garantía alguna que habrá un beneficio para el país con el cinco por ciento de la reforma. Aunque claro, también se dice que el gobierno es presionado por los poderes económicos de este país que hace poner de rodillas a cualquiera que esté de turno quinquenal.

Sobre el IR de los asalariados;

En lo referente al IR para los asalariados también se ha desarrollado cierta polémica, dentro de la cual se mencionó la posibilidad de doble tributación por determinar el IR sobre el ingreso bruto y no sobre el neto, esto es, luego de la deducción del pago de seguro social, si bien es cierto no es una carga tributaria dirigida a sufragar gastos públicos ni recaudada por la administración tributaria, es en definitiva un sacrificio patrimonial que cumple con las características suficientes como para ser considerado contribución deducible del ingreso bruto.

La propuesta de reforma se ha vendido ante el pueblo como un ‘beneficio’ para los trabajadores, sin embargo en el ‘Estado de Derecho’ en que vivimos no podemos hablar de beneficios, eso es de los tiempos antes de las revoluciones liberales en Europa, cuando los nobles y el clero no pagaban impuestos, sino que eran los súbditos los que cargaban con el sufragio de los gastos del poder impuesto, nuestra calidad es de ciudadanos y sufragamos gastos públicos para mantener ciertas estructuras del Estado que se deben a sus ciudadanos dentro de la circunscripción llamada Nicaragua. Lo que ocasionará la reforma talvez sea nuevos supuestos de no sujeción, o más bien exenciones, es discutible; sin embargo, en contraposición a la idea de beneficio, hay que dejar claro lo que sucederá, o sea, la readecuación del dinero que los ciudadanos damos a la administración tributaria. Lo que debería pasar es que se quede el IR a los asalariados a partir de los cien mil córdobas, pero no simplemente eliminar de la tabla del artículo 21 de la ley de equidad fiscal a los que reciben de 50 001 a 100 000 córdobas sino también correr los porcentajes y los impuestos base, o sea que los que se encuentran entre los cien mil uno y doscientos mil no paguen impuesto base y que únicamente paguen el diez por ciento sobre el exceso y el impuesto base que estos tienen ahora y el quince por ciento sobre exceso sea lo aplicable al siguiente rango y así sucesivamente.

Además no podemos hablar de un buen sistema tributario si para el IR no pueden ser deducibles otros gastos más allá del pago del seguro social. Según la Constitución de la República todos tenemos derecho a salud y educación, es deber del Estado brindar y ampliar estos servicios y mejorar su calidad. El Estado ha hecho inmensos esfuerzos para lograr esto, pero claro, algunos preceptos constitucionales, como este, son o deben ser vistos como principios, o sea que son mandatos de optimización que se cumplen en mayor o menor medida según las realidades fácticas o jurídicas, y las fácticas nos dicen que el gobierno no está aun en capacidad de hacerle frente a tal obligación para llegar a todos y cada uno de los ciudadanos; esto implica que el Estado debe implementar políticas que por lo menos faciliten a la población acercarse aunque sea por su propia cuenta al acceso a estos esenciales servicios.

Para determinar el salario neto de un trabajador no se puede deducir gastos familiares como educación o salud, esto en el entendido que el Estado brinda los servicios de forma gratuita y gracias a la misma contribución del trabajador. Entre más alto el salario neto más alto el IR, más dinero, o sea más salud y educación, pero bien, volviendo a la realidad, si el Estado no está en capacidad de brindar esos servicios entonces los ciudadanos lo asumimos por nuestra cuenta y por lo menos estos gastos deben ser deducibles del ingreso bruto, para que la gente pueda hacerle frente a estos gastos. Solo así habrá una idea o una referencia más o menos creíble de la capacidad contributiva de cada trabajador, ya que se supone que debe sufragar gastos públicos todo aquel que posea riqueza idónea para hacerlo, o sea, el que tiene dinero más allá del mínimo vital de existencia. Mientras no sea respetado ese parámetro, los nicaragüenses estamos asumiendo la carga tributaria sin tener en muchos casos una verdadera capacidad contributiva, y si se trata de enmendar ese grave error que viene desde hace muchos años, el de considerar que una familia puede vivir dignamente con C$4,167 al mes y que a partir de este ingreso todos deben pagar IR entonces hay que aprovechar enserio este momento de ‘concertación’ y verdaderamente hacer justicia. Es necesario que tengamos mayor poder adquisitivo para adquirir más productos de la canasta básica.

No se puede hablar de reforma integral, de concertación o diálogo amplio si no estamos presentes los consumidores, los receptores de las políticas públicas y quienes también sufragamos gastos públicos. El estado baja el IR, los trabajadores tienen más dinero disponible, entonces gastan más, y muchos productos de los que se compraran están gravados con el IVA, algunos incluso con el ISC, de este modo habrá más dinamismo en la economía, los empresarios grandes venderán más, recibirán más, ganaran más, pero pagarán menos IR (porcentualmente), el Estado recibirá menos, y al final todos levantamos nuestras voces, unos seremos escuchados, otros no, unos seremos tomados en cuenta y otros no, al final los consumidores somos quienes ponemos ‘la plata’, y probablemente seremos también los primeros excluidos de la mesa donde se decidirá todo el asunto, mucha atención de todo el mundo y las exoneraciones y exenciones de grandes empresas se quedarán en el olvido, el Estado talvez no recuperará todo lo que pretende, no se estudiarán las elusiones fiscales, y talvez tampoco algunas evasiones, sobretodo porque son de grandes intereses económicos, además, algunos de esos puede que estén en esa mesa para ayudar a tirar la cortina de humo y hacer sentir bien a la gente dejándole ‘unos realitos más’ para gastar.


Jorge Eduardo Rooseess-Díaz
Red Nacional de Defensa de los Consumidores RNDC
jrooseess@rndc.org.ni